Protección de datos

Registro de actividades de tratamiento de datos

Videovigilancia en instalaciones públicas

Se analizan los datos relativos a garantizar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones, empleando cámaras de vigilancia.

Base jurídica

Artículo 6. 1. b) RXPD. El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que lo interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuais.

Artículo 6. 1. c) RXPD. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable do tratamiento:

  • Real Decreto Legislativo 5/2015, do 30 de octubre, por lo que se aprueba la Ley do Estatuto Básico do Empleado Público.
  • Ley 5/2014, do 4 de abril, de Seguridad Privada.
  • Ley Orgánica 4/2015, do 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
  • Reglamento (UE) 2016/679 do Parlamento Europeo y do Consejo, do 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en el que respeta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación disteis datos.
  • Ley Orgánica 3/2018, do 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía dos derechos digitales.

Artículo 6. 1. e) RXPD. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poder públicos conferidos al responsable do tratamiento.

Fines do tratamiento

Garantizar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones empleando cámaras de vídeo vigilancia.

Colectivo

Empleadas/os públicos y personas visitantes.

Categoría de Datos

Carácter identificativo: Imagen.

Categoría de destinatarios

Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, órganos judiciales.

Transferencias internacionales

No están previstas transferencias internacionales.

Plazo de supresión

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se solicitaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la dicha finalidad y do tratamiento dos datos.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad.

Responsable do tratamiento

Diputación de Pontevedra.

ATENCIÓN: Esta página es una tradución automatizada. La versión oficial es la publicada en lengua gallega.