Gestión de RRHH
Se procesan los datos de las y dos empleadas/os públicos clasificados en distintas categorías.
Base jurídica
Artículo 6. 1. b) RXPD. El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que lo interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuais.
Artículo 6. 1. c) RXPD. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable do tratamiento:
- Real Decreto Legislativo 5/2015, do 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley do Estatuto Básico do Empleado Público.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, do 23 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley do Estatuto dos Trabajadores.
- Ley 30/1984, do 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
- Ley 31/1995, do 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Ley Orgánica 3/2007, do 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Ley Orgánica 3/2018, do 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía dos derechos digitales.
Artículo 9. 2. h) RXPD. El tratamiento es necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral do trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión dos sistemas y servicios de asistencia sanitaria y social.
Fines do tratamiento
Gestión de empleadas/os públicos (personal funcionario, eventual y laboral) en cuanto a toma de posesión do puesto, contratos, control horario o de presencia, altas, bajas, permisos, vacaciones, incompatibilidades, formación, planes de pensiones, acción social, trienios, dietas, anticipos, así como cualquiera otros aspectos do ámbito funcionario o laboral. Selección y promoción de personal. Gestión de nóminas. Prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud.
Colectivo
Cargos públicos, empleadas/os públicos y sus familiares y asimilados.
Categoría de Datos
Datos de categoría especial: Salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales, grado de discapacidad). Afiliación sindical, datos biométricos (huella dactilar). Certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.
Carácter identificativo: Nombre y apellidos, NIF, número de la seguridad social, tarjeta sanitaria, dirección (postal o electrónico), teléfono (fijo o móvil), firma, firma electrónica.
Características personales: Datos do estado civil, edad, datos de familia, sexo, data de nacimiento, nacionalidad y lugar de nacimiento.
Circunstancias sociales: Características de alojamiento, vivienda, situación militar, propiedades, posesiones, licencias, permisos y autorizaciones.
Académicos y profesionales: Formación, titulaciones, historial de estudiante, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales.
Detalles do empleo: Cuerpo/escala, categoría/grado, puestos de trabajo, datos no económicos de nómina y historial do trabajador.
Datos económicos-financieros y de seguros: Ingresos, rentas, inversiones, bienes patrimoniales, créditos, préstamelos, avales, datos bancarios, planes de pensiones, jubilación, datos económicos de nómina, datos deducciones impositivas/impuestas, seguros, hipotecas, subsidios, beneficios, historial de créditos y tarjetas de crédito.
Categoría de destinatarios
Hacienda Pública y Administración Tributaria, Registro Central de Personal, Entidades financieras, organismos de la Seguridad Social, órganos de representación, Órganos judiciales, Entidades aseguradoras, Instituto Nacional de la Seguridad Social y mutualidades de funcionarios.
Transferencias internacionales
No están previstas transferencias internacionales.
Plazo de supresión
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se solicitaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la dicha finalidad y do tratamiento dos datos.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad.
Responsable do tratamiento
Diputación de Pontevedra.