ORAL-Xestión tributaria

Las empresas de servicios de telefonía fija y acceso a internet deberán pagar la tasa del 1.5% en los municipios donde presten sus servicios


02 mayo 2022

Tras la Sentencia del TJUE de 27 de enero de 2021, el TS considera que los Ayuntamientos pueden girar la " tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario"(tasa 1.5) a las empresas de servicios de telefonía fija y de acceso a Internet, con independencia de la titularidad de las redes, es decir, tanto si éstas son las titulares de las redes o infraestructuras utilizadas como si son titulares de un derecho de uso, acceso o interconexión a las mismas.

STS 1532/2021